Transferencia de vehículos: documento, contrato de compraventa de la DGT y más
22/10/2024
BLOG SEGUROPORDIAS.COM
En España circulan alrededor de dos millones de vehículos sin seguros, según datos de la DGT. Esto representa cerca de un 10% del parque de vehículos que actualmente circulan por nuestras carreteras. El circular sin seguro supone, a parte de infringir la Ley sobre responsabilidad civil, un perjuicio clave para la sociedad y para las personas que puedan sufrir un accidente con alguno de estos 2 millones de vehículos implicado. Para evitar este problema la DGT ha iniciado una campaña para cazar a todos estos vehículos que circulan sin la póliza de Responsabilidad Civil Obligatoria contratada para su vehículo mediante medios automatizados de control y monitorización.
Detectar vehículos sin seguro
La primera medida que se va a tomar desde la DGT es instalar radares que son capaces leer las matrículas de los vehículos que circulan sin seguro y enviar directamente una multa al infractor. Estas multas pueden ascender a 3.005 euros. Lo más normal es una multa de 1.500 euros por circular con un turismo sin asegurar. Si en lugar de un coche nos referimos a un camión la multa asciende a los 2.800 euros.
Las infracciones derivadas de vehículos sin asegurar son asumidas por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) que recurre al resto de conductores para poder hacer frente a todos estos gastos. No disponer del seguro obligatorio supone un recargo de 3,5 euros en cada seguro para el resto de conductores.
Durante el 2015 hubo cerca de 50.000 multas derivadas por este asunto. El 50% del importe de estas multas va dirigido a hacer frente a los gastos de las indemnizaciones de las víctimas de accidentes de vehículos que no tengan póliza suscrita. Los radares capaces de captar a los coches sin seguro y multarlos automáticamente son un buen inicio para incentivar las contrataciones de seguros y hacer que todo vehículo circule cumpliendo las normas que regula la Ley.
Los vehículos deben estar asegurados durante todo el año, con independencia de si están en circulación o en reposo.
“Todo propietario de vehículos a motor que tenga en España su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro que cubra hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio”, Ley de Circulación.
La única circunstancia por la que un vehículo puede estar sin seguro es que esté dado de baja, de manera temporal o definitiva, en el Registro de la Dirección General de Tráfico. Existen circunstancias puntuales donde el seguro anual no cumple con las necesidades del conductor, por lo que puede ser más interesante un seguro temporal. Con este afán se creó Seguropordias®, para ayudar a resolver un problema puntual o una circunstancia particular y que el conductor no circule bajo ninguna circunstancia sin seguro.
La contratación del seguro por días resulta rápida, cómoda y sencilla. Puede hacerse en cuestión de 5 minutos y sirve para cualquier vehículo. Puede obtenerse desde cualquier dispositivo con acceso a internet, con lo que se convierte en el complemento perfecto al seguro anual.
Hasta ahora las campañas de la DGT iban dirigidas a respetar los límites de velocidad, pero la sociedad concibe los controles de velocidad como una acción recaudatoria. No obstante, la DGT espera mayor implicación de los conductores de este país en la necesidad de tener un seguro obligatorio para todo coche que esté dado de alta de circulación.
Dpto. Contenidos Seguropordias®
Autores
Adrián García
Graduado en Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, en 2018 Adrián entra en Seguropordias.com para desarrollar su pasión por la comunicaci... Más sobre Adrián García
Beatriz Castro
Licenciada en Comunicación Audiovisual por la Universidade Católica Portuguesa de Lisboa en 2015, se mudó a Madrid para estudiar un máster en Relacion... Más sobre Beatriz Castro
NOTICIA
ARTÍCULO
11/04/2023
ARTÍCULO
GUÍA
31/01/2024
NOTICIA
04/01/2024