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La Inspección Técnica del Vehículo, lo que popularmente se conoce como ITV, se tiene que pasar cada cierto tiempo, determinado por el Artículo 6 del Real Decreto 2042/1994 del 14 de octubre.

Sus modificados se publicaron en el Real Decreto 711/2006, del 9 de junio.

Conducir sin la ITV en regla puede suponer una sanción de hasta 500€, la inmovilización del vehículo y, lo peor de todo, poner en riesgo tu seguridad y la de los demás. 

Además, es importante saber que si no tienes la ITV en regla la aseguradora puede negarse a hacerse cargo de un siniestro.

Por eso, desde Seguropordias.com te recomendamos que, si tienes que pasar la ITV, te hagas con nuestro seguro de coche por días para evitar la multa por no tener seguro.

Por esto, entre otras circunstancias, resulta importante conocer cuándo hay que pasar la ITV de nuestros vehículos. La periodicidad de la ITV depende del vehículo que tengas y nosotros os contamos los periodos que establece la Ley.

Periodicidad de la ITV según el tipo de vehículo

ITV por tipo de vehículo

La primera clasificación de los vehículos a la hora de pasar la ITV es su homologación

Dividiremos en estas categorías: coches, motos, furgonetas y camiones de menos de 3500 Kg de MMA, vehículos pesados, caravanas, caravanas pesadas, vehículos de servicio público, vehículos agrícolas y vehículos destinados a obras. 

La ITV para cada tipo de vehículo será distinta, con diferentes plazos y con especificaciones concretas.

ITV de coches

Dedicados al transporte de personas con capacidad de hasta 9 personas, incluido el conductor:

  • Hasta 4 años queda exento.
  • De 4 a 10 años de antigüedad debe pasar la ITV cada 2 años.
  • Coches con más de 10 años de antigüedad, cada año.

Otro caso son los coches históricos, los cuales deben pasar la ITV de la siguiente forma: 

  • Hasta los 40 años de antigüedad de forma bienal.
  • Entre los 40-45 años cada 3 años.
  • A partir de los 45 años cada 4 años.

ITV de motos o ciclomotores

Entendemos por ciclomotores a los vehículos de 2 o 3 ruedas con una cilindrada no superior a 50cc. En este caso la periodicidad de la ITV queda de la siguiente forma:

  • Hasta 3 años de antigüedad queda exento. 
  • Con más de 3 años de antigüedad hay que pasar la ITV cada 2 años.

Por otro lado, distinguimos al resto de vehículos de esta categoría, donde encontramos a las motos, vehículos de tres ruedas y quads que superan los 50cc de cilindrada. Para estos vehículos debemos pasar la ITV cada:

  • Hasta los 4 años queda exento de pasar la ITV.
  • Más de 4 años tiene que pasar la ITV cada 2 años.

ITV de furgonetas y camiones de hasta 3.500 Kg de MMA

Dentro de esta categoría encontramos a los vehículos dedicados al transporte de mercancías con una Masa Máxima Autorizada de hasta 3.500 kg:

  • Hasta 2 años de antigüedad queda exento.
  • De 2 a 6 años de antigüedad tiene que pasar la ITV cada 2 años.
  • De 6 a 10 años de antigüedad tiene que pasar la ITV cada año.
  • Más de 10 años tiene que pasar la ITV cada 6 meses.

ITV de vehículos pesados 

Vehículos dedicados al transporte de mercancías superior a 3.500 Kg de Masa Máxima Autorizada.

  • Menos de 10 años de antigüedad tiene que pasar la ITV anualmente.
  • Más de 10 años la ITV tiene que pasarla cada 6 meses.

ITV para caravanas

  • Menos de 4 años queda exento de la ITV.
  • De 4 a 10 años de antigüedad tiene pasar la ITV cada 2 años.
  • Más de 10 años tiene que pasar cada año la ITV.

ITV para caravanas pesadas

Existe una diferencia entre las caravanas y las caravanas pesadas: la MMA. En este caso, las caravanas permiten más de 750 kg de MMA y, por tanto, cambia la periodicidad de su ITV.

  • Las caravanas con menos de 6 años de antigüedad están exentas de pasar la ITV.
  • Las caravanas con más de 6 años tienen que pasar la ITV cada 2 años.

ITV de ambulancias y vehículos de servicio público

Estos vehículos están dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar, con o sin taxímetro, con capacidad de hasta 9 plazas:

  • Este tipo de vehículos con menos de 5 años tiene que hacer la ITV anualmente.
  • Con más de 5 años debe pasar la ITV cada 6 meses.

ITV para vehículos agrícolas

Maquinaría agrícola autopropulsada, remolques agrícolas y otros vehículos dedicados a tareas agrícolas, excepto motocultores.

  • De 8 a 16 años tienen que pasar la ITV cada 2 años.
  • Cuando tienen más de 16 años la ITV se realizará anualmente.

Vehículos especiales destinados a obras

Servicios y maquinaria autopropulsada, con exclusión de aquellos cuya velocidad por construcción sea menor de 25 km/h.

  • Los vehículos de menos de 4 años de antigüedad están exentos de pasar la ITV.
  • De 4 a 10 años tienen que pasar la ITV cada 2 años.
  • Con más de 10 años tienen que pasar la ITV cada año.
Pasar la ITV según tipo de vehículo

Con este recordatorio de cuándo tiene que pasar tu vehículo la ITV, no tienes excusa para no ir a tu estación más cercana y realizar la Inspección Técnica de tu Vehículo

Además, existen numerosas páginas webs que se encargan de darte la estación de ITV más cercana con precios especiales, como puede ser el caso de tumejoritv.com.

Autores

autor

Adrián García

Graduado en Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, en 2018 Adrián entra en Seguropordias.com para desarrollar su pasión por la comunicaci... Más sobre Adrián García

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Beatriz Castro

Licenciada en Comunicación Audiovisual por la Universidade Católica Portuguesa de Lisboa en 2015, se mudó a Madrid para estudiar un máster en Relacion... Más sobre Beatriz Castro

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