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¿Puedo circular por Madrid con el protocolo anticontaminación?

Las nuevas restricciones al tráfico en Madrid pueden entrar en vigor en cualquier momento

El nuevo protocolo anticontaminación de Madrid ya ha entrado en vigor. Aunque desde su inicio el pasado 8 de octubre aún no se ha activado ninguno de los posibles escenarios, la polución aumenta en invierno y es probable que en cierto punto entremos en alguno de ellos. Por eso, es necesario tener en cuenta qué distintivo ambiental lleva tu vehículo y si te afectan los límites a la circulación de alguno de los casos que contamos a continuación.

Guía para recurrir multas de tráfico

¿Qué restricciones hay en cada escenario?

En función del nivel de contaminación, estos son los escenarios, y en función de los escenarios, estos son los vehículos que podrán circular.

Escenario 1

Todos los vehículos, incluídos los que no lleven etiqueta ambiental, podrán circular. Por lo tanto, sea cuál sea mi transporte y mi distintivo ambiental, puedo circular por Madrid en el escenario 1.

Eso sí, habrá ciertos límites: la velocidad máxima permitida en la M-30 y en las vías de acceso a Madrid desde la M-40 será de 70km/h.

Escenario 2

Aquí comienzan las restricciones para vehículos según su etiqueta ambiental. Solo puedo circular por Madrid en el escenario 2 si tengo alguna de las cuatro etiquetas ambientales. Los que no tengan etiqueta, no podrán conducir dentro de los límites de la M-30.

Los límites de velocidad en M-30 y M-40 son los mismos (70km/h) que en el escenario anterior, pero surgen prohibiciones para aparcar en la zona SER en este caso: solo puedo aparcar en Madrid en el escenario 2 si soy residente o si tengo etiqueta ECO o CERO.

Escenario 3

En este caso las restricciones abarcan más allá de la M-30: los coches sin etiqueta ambiental tendrán su entrada prohibida a todo el municipio de Madrid, incluyendo también a las motocicletas. Los coches con distintivo no se ven afectados. Por tanto, puedo circular por Madrid en el escenario 3 si tengo etiqueta ambiental ECO, CERO, B o C.

Los límites de velocidad y de aparcamiento se mantienen iguales que en el escenario anterior, así que puedo aparcar en Madrid en el escenario 3 solo si soy residente o si tengo alguna de las etiquetas CERO o ECO.

Restricciones Madrid contaminación

Restricciones en la M-30

Escenario 4

En este escenario habrá muchos más vehículos afectados, ya que los vehículos con etiqueta B solo pueden circular por fuera de la M-30. Solo puedo circular por Madrid en el escenario 4 si tengo etiqueta CERO, ECO o C. Si no tengo distintivo no podré entrar en el municipio. Las motos están incluídas en estas normas.

La velocidad máxima permitida en M-30 y en los accesos desde la M-40 sigue siendo la misma que en los escenarios anteriores. Mientras que las restricciones al aparcamiento se mantienen igual, solo puedo aparcar en Madrid en el escenario 4 si soy residente o si tengo los distintivos CERO o ECO.

Escenario 5

Es el escenario más restrictivo de todos. Solo puedo circular por Madrid en el escenario 5 si tengo etiqueta CERO o ECO, tanto coches como motos. Si tengo etiqueta B o C, o si no tengo ninún distintivo, no podré ni entrar en el municipio de Madrid.

La velocidad máxima en este escenario sigue siendo de 70km/h en la M-30 y en los accesos a Madrid por M-40. Hay variación en los permisos para aparcar, ya que solo puedo aparcar en Madrid en el escenario 5 si soy residente o si tengo la etiqueta CERO. Si tengo la etiqueta ECO, en este caso, no podré aparcar en la zona SER.

¡Atención!

Es importante no confundir estos escenarios que forman parte del protocolo anticontaminación de Madrid, con las restricciones de acceso a la zona de Madrid Central que entrarán en vigor el día 30 de noviembre. Las medidas del protocolo entrarán en vigor tan solo en días específicos según los niveles de contaminación de Madrid, mientras que Madrid Central será una medida permanente en la que se limitará la entrada de los vehículos a una determinada zona bautizada como Madrid Central.

¿Quién puede circular por Madrid a pesar de las restricciones?

Estos son los vehículos que pueden circular por Madrid durante el protocolo anticontaminación:

  • Transporte público colectivo.
  • Servicios de emergencias.
  • Vehículos de limpieza.
  • Vehículos de personas con movilidad reducida.
  • Aquellos que hayan sido autorizados como vehículos comerciales e industriales del SER (los que tengan etiqueta B sólo hasta diciembre de 2020).
  • Taxis y vehículos de alquiler de servicio público. Deben estar de servicio y con su conductor presente.
  • Vehículos comerciales e industriales de mercancías. Los que pesen menos de 3.500kg solo podrán circular hasta diciembre de 2019, mientras que los que pesen más tendrán 3 años más para circular.
  • Grúas.
  • Servicios funerarios.
  • Vehículos adaptados para la retransmisión de radio o televisión.
  • Vehículos blindados.
  •  

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Autores

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Adrián García

Graduado en Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, en 2018 Adrián entra en Seguropordias.com para desarrollar su pasión por la comunicaci... Más sobre Adrián García

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Beatriz Castro

Licenciada en Comunicación Audiovisual por la Universidade Católica Portuguesa de Lisboa en 2015, se mudó a Madrid para estudiar un máster en Relacion... Más sobre Beatriz Castro

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